Se ratifica la victoria de exjugadoras contra Everton de Viña del Mar en la Corte de Apelaciones

El club había presentado un recurso de nulidad en contra de la sentencia dictada en julio por el Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, la que reconocía como trabajadoras a las cuatro jugadoras que presentaron una demanda contra el club para ser reconocidas como tales.

La Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso de nulidad presentado por Everton de Viña del Mar, en la que el club buscaba la nulidad de la sentencia que reconocía el vínculo laboral entre ellos y sus jugadoras. De esta manera, la justicia reconoció expresamente el vínculo laboral entre las jugadoras y Everton, acogió la denuncia por vulneración de los derechos de libertad de trabajo y no discriminación y, además, le otorgó indemnizaciones a las juzgadoras.

El club sostuvo en la apelación que lo que le ofrecían a las jugadoras de su plantel de honor era entrenamientos de alto nivel y otros beneficios sin que estos consistieran en una relación laboral. Sin embargo, la Corte no estuvo de acuerdo. Según la sentencia, las obligaciones que cumplían las jugadoras “no distan en nada a la de la rama masculina” y que en el juicio fue correctamente verificada la relación de subordinación y dependencia. “El hecho de no escriturarse el contrato, no es una razón para entender que no hay una relación laboral”, explicita el documento.

El abogado de las jugadoras, Manuel Guerra Castillo, explicó que “el fallo es certero al rechazar el recurso de nulidad por dos motivos: primero, porque reafirma lo que las futbolistas han luchado y señalado desde el comienzo: el reconocimiento de la relación laboral y el reconocimiento que las obligaciones que ellas cumplían eran las mismas que se dan en el fútbol masculino; y segundo, porque el recurso fue interpuesto de manera incorrecta y no tenía fundamentos suficientes para modificar los hechos asentados en la sentencia”.

Una batalla no cerrada

A pesar de la confirmación de la victoria para las jugadoras, Everton podría interponer un recurso de unificación de jurisprudencia, lo que podría terminar exigiendo el pronunciamiento de la Corte Suprema. En ese sentido, el abogado de las jugadoras indicó que “probablemente lo van a presentar, pero de todas maneras es difícil que logren revertir la sentencia. Nos queda esperar ese resultado final para dar por concluida esta batalla”.

“Creemos que Everton va a seguir (a la Corte Suprema), pero estamos súper tranquilas”, declaró Nicole Mariñelarena, una de las futbolistas demandantes. “Nosotras vamos a llegar hasta el final y vamos a ganar. No solo por nosotras y por lo desgastante y angustiante que ha sido el proceso, sino por las mujeres en general. Estamos más unidas y más fuertes que nunca y vamos hacer justicia por las mujeres profesionales y amateur del fútbol nacional e internacional”.

Por su parte, Iona Rothfeld, presidenta de la Asociación de Jugadoras de Fútbol Profesional, organización que ha apoyado el proceso del juicio, declaró que “este nuevo fallo viene a ratificar nuevamente que existe una relación laboral entre las jugadoras y los clubes. Nosotras sabemos que existe, somos jugadoras profesionales y merecemos un trato digno y que los clubes se hagan responsables de las condiciones en que trabajamos. En ese sentido, sabemos que existe una nueva instancia para Everton, pero esperamos que el sentido común prime y que Everton, en vez de estar peleando nuevamente y agotando estas instancias, asuma la responsabilidad que tiene para con sus jugadoras actuales y las demandantes”.

La sentencia explicita cuáles son los indicadores que señalan que las jugadoras sí mantenían una relación laboral con el club: la obligación a concurrir a la sede deportiva de la institución a entrenar, realizar actividad preparatoria a los partidos, viajar a las distintas ciudades en que Everton competía dentro del campeonato nacional, la obligación de participar las jugadoras en entrevistas en medios de comunicación, entrenamientos diarios de lunes a viernes entre las 18 a 21 horas, más la obligación de concurrir a los partidos para participar de los mismos en los fines de semana.

La sentencia de julio

A inicios de julio del presente año, el Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso acogió la demanda presentada en julio de 2021 por cuatro ex jugadoras de Everton, reconociendo una relación laboral entre las futbolistas y el club, algo que éste se negaba a hacer. Así, el club fue sentenciado a indemnizar a las juzgadoras y pagarles sus remuneraciones devengadas.

Uno de los puntos más importantes de la demanda era ese reconocimiento de la relación laboral entre las partes, pues en los hechos, las jugadoras actuaban como profesionales y trabajadoras del club. Sobre esto, la sentencia señaló que “efectivamente existió, entre los litigantes, una prestación de servicios o una actividad que se comprometieron a realizar las actoras”, y que se ejercía una dirección por parte del club hacia las jugadoras “con jornada diaria y obligatoria, con el deber de someterse a controles nutricionales y psicológicos y con la carga de representar al club en el campeonato profesional nacional y también en torneos internacionales”

Destaca cambién que la sentencia reconoce una discriminación de género: “es también vulneratorio de derecho que estas acciones solo sucedan en el fútbol femenino, cuando la actividad se desarrolla prácticamente en las mismas condiciones que el masculino”. 

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