
Una nueva investigación de Revista Obdulio reveló que hasta finales de 2021, ninguna Corporación que participa del fútbol profesional chileno ha iniciado el proceso para la incorporación del protocolo contra el acoso y abuso sexual, discriminación y maltrato.
Por María Torres
Desde el 21 de marzo de 2021 las organizaciones deportivas, incluyendo las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales, tenían la obligación de adoptar e implementar el “Protocolo general para la prevención y sanción de conductas de acoso sexual, abuso sexual, discriminación y maltrato en la actividad deportiva nacional”, el que fue creado por el Ministerio del Deporte y publicado en el Diario Oficial el 21 de septiembre de 2020.
Durante esos seis meses entre septiembre de 2020 y marzo de 2021, toda organización deportiva debía además designar a una o un responsable institucional para implementar el protocolo y crear una política institucional que entregara directrices generales para su aplicación, entre otros deberes. Además, durante el 2021, todas las organizaciones deportivas debían entregar trimestralmente al Instituto Nacional de Deporte (IND) un informe de cumplimiento.
Al 22 de noviembre de 2021, solo nueve sociedades anónimas de un total de 48 habían realizado el trámite ante notario del cambio de estatutos para la incorporación del protocolo. Y al 22 de diciembre de 2021, nueve meses de vencido el plazo, ninguna de las corporaciones que son parte del circuito nacional de fútbol -Deportes Puerto Montt, U. de Concepción, Curicó Unido y Cobresal- había hecho el cambio de estatutos exigido por la ley para la adopción del protocolo, el que tiene como objeto proteger a las y los deportistas y disponer de las instancias que permitan intervenir en caso de que suceda una conducta vulneratoria.
Además, ninguna de las corporaciones designó responsables institucionales para implementar el protocolo o envió la política institucional, ni tampoco entregó los informes trimestrales informando de su avance.
En el siguiente registro se puede ver la lista de los clubes de primera división, primera B y segunda división y el estado de adopción del protocolo. El documento no ha sido modificado desde su entrega por parte del IND.

La deuda de la fiscalización
Según indica la Ley del Deporte (Ley 19.712), en su artículo 8, letra e, el IND tiene la responsabilidad de exigir cumplimiento al protocolo contra el acoso y abuso sexual. Su incumplimiento podría dejar fuera del registro de organizaciones deportivas a las corporaciones impidiendo su participación en el campeonato nacional.
A través de Ley de Transparencia, Revista Obdulio solicitó acceso a todos los documentos y medidas que el IND haya llevado a cabo en relación a los procesos de fiscalización de cumplimiento del protocolo. En su carta de respuesta, Sofía Rengifo, directora nacional del IND, indicó que “de acuerdo a lo informado por la Unidad de Organizaciones Deportivas, dependiente del Departamento de Fiscalización y Control de Organizaciones Deportivas de la Dirección Nacional del IND, no existe un proceso de fiscalización propiamente tal”. En su respuesta, Rengifo explica la inexistencia de fiscalización indicando que “la misma norma y el protocolo del decreto N° 22 establece que aquellas organizaciones deportivas que no hayan hecho adopción del protocolo desde su entrada en vigencia quedarán inhabilitadas para recibir recursos públicos”.
Segunda división
Más allá de las corporaciones, de los 15 equipos que son parte de la segunda división del circuito de fútbol nacional, solamente tres han adoptado el protocolo, entre los que se encuentran San Antonio Unido e Iberia. Sin embargo, ninguno de estos clubes había inscrito responsable institucional hasta finales de 2021.
En esta misma línea, Recoleta S.A.D.P., el tercer club de segunda división que adoptó el protocolo fue, además, el único que entregó los nombres de quienes son las personas responsables de su implementación: el exfutbolista Frank Carilao Pinto y Karina Mazú Deponson du Terrail.