Fútbol femenino chileno y sudamericano: lejos de los estándares FIFA

Mientras a nivel internacional se discute cómo proteger las condiciones laborales de las futbolistas durante el embarazo, en Chile y Sudamérica ni los contratos de trabajo ni los sueldos son la norma. Al respecto, conversamos con Tess Strellnauer, presidenta de ANJUFF, para conocer su diagnóstico sobre las diferencias entre los avances del fútbol femenino chileno e internacional.

El avance del fútbol femenino es innegable, así como lo es la explosión que ha vivido en los últimos años. Sin embargo, pese a su popularidad, ha sido también históricamente un espacio intrínsecamente masculino. Y es precisamente este aspecto, el avance y reconocimiento institucional, el que no está a la par del avance comunitario e identitario del fútbol femenino. En Chile, solo por poner un ejemplo, los contratos con sueldo son la excepción, no la norma.

El fútbol femenino es concebido por los clubes casi como una obligación, la que es muchas veces literal, pues CONMEBOL exige a todo club que quiera participar en competencias internacionales, tener una rama de fútbol femenino. La exigencia, no obstante, solo especifica infraestructura y condiciones de entrenamiento para ellas, por lo que es esto, el mínimo, lo que es usualmente considerado como suficiente por los clubes de la región. De manera textual, el requisito para que un club pueda optar a la licencia CONMEBOL es que “deberá tener un primer equipo femenino o asociarse a un club que posea el mismo. Además, deberá tener por lo menos una categoría juvenil femenina o asociarse a un club que posea la misma. En ambos casos el solicitante deberá proveer de soporte técnico y todo el equipamiento e infraestructura (campo de juego para la disputa de partidos y de entrenamiento) necesarias para el desarrollo de ambos equipos en condiciones adecuadas. Finalmente, se exige que ambos equipos participen en competiciones nacionales y/o regionales autorizadas por la respectiva Asociación Miembro”. Estos mínimos, que no exigen contratos de trabajo ni ningún otro tipo de condiciones más allá de la mera existencia de una rama en competencia, son insuficientes, y las brechas entre el fútbol masculino y femenino se aprecian, entre muchas otras cosas, en las condiciones laborales de futbolistas hombres y mujeres, su reconocimiento como trabajadoras y las enormes diferencias de sueldos que perciben las mejores jugadoras y los mejores jugadores del continente, algo que sucede a veces en un mismo club. 

Pero el avance de las normas en el fútbol femenino mundial no se rige por las mismas condiciones que se observan en Sudamérica. En particular, el 18 de noviembre de 2020 se publicaron las enmiendas al Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (RETJ), ratificadas por la Comisión de Grupos de Interés del Fútbol, las que tienen validez en todo el mundo. En estas enmiendas se establecen ciertas garantías necesarias cuyo afán es la protección de las condiciones laborales de las deportistas del fútbol, incluyendo diversos aspectos de resguardo de la maternidad, teniendo como base las condiciones laborales del fútbol femenino europeo.

Los cambios

Cinco son las enmiendas discutidas y aprobadas a nivel de la FIFA para las futbolistas profesionales a fines del año pasado, en las que se abordan las remuneraciones obligatorias, regreso al trabajo, períodos de inscripción extraordinaria, protección de salud y protección contra el despido. Todos aquellos casos en contexto de embarazo y maternidad, evidenciando el estadio de avance de la discusión a nivel mundial.

  1. Remuneración obligatoria: en virtud del Convenio n.º 183 de la Organización Internacional del Trabajo, o a menos que la legislación nacional o un convenio colectivo establezcan condiciones más favorables, una jugadora tendrá derecho a una baja por maternidad, definida como el periodo de descanso laboral retribuido de 14 semanas como mínimo que se concede a una jugadora en caso de quedarse embarazada, por la que percibirá dos terceras partes del salario que estipule el contrato.
  1. Regreso al trabajo: las jugadoras tendrán derecho a retomar la actividad futbolística tras la baja por maternidad. El club tendrá la obligación de facilitar su incorporación a la actividad futbolística y ofrecerles apoyo médico continuo. Las jugadoras deberán poder amamantar a sus bebés o extraerse leche. El club deberá poner a su disposición un lugar adecuado a tales efectos. 
  1. Periodo de inscripción: un club podrá inscribir provisionalmente a una jugadora fuera del periodo de inscripción para reemplazar temporalmente a otra jugadora que esté de baja por maternidad. Salvo que las partes acuerden algo distinto de mutuo acuerdo, el contrato de la jugadora sustituta temporal tendrá vigencia desde la fecha de su inscripción hasta la víspera del comienzo del periodo siguiente al regreso de la jugadora que haya disfrutado de la baja por maternidad. De forma excepcional, se podrá inscribir fuera del periodo de inscripción a una jugadora que haya finalizado la baja por maternidad. 
  1. Protección durante el embarazo: si las jugadoras embarazadas deciden seguir prestando servicios deportivos, para garantizar que lo hagan de forma segura, tendrán derecho a recibir periódicamente el asesoramiento de un profesional médico independiente. También tendrán derecho a prestar otros servicios alternativos a su club.
  1. Protección oficial contra el despido de las jugadoras: ninguna jugadora deberá encontrarse jamás en desventaja por su embarazo. Por lo tanto, si un club rescinde unilateralmente un contrato porque una jugadora esté o se quede embarazada, se considerará que el club ha rescindido el contrato sin causa justificada. Esta rescisión se considerará una circunstancia agravante. Además de la obligación de abonar una indemnización, se impondrán sanciones deportivas, junto con una multa, a todo club que rescinda unilateralmente un contrato por el hecho de que una jugadora esté o se quede embarazada.

Aplicaciones en Chile

Santiago Morning es uno de los pocos equipos chilenos que tiene jugadoras contratadas.

Tess Strellnauer es la presidenta de la Asociación Nacional de Jugadoras de Fútbol Femenino (ANJUFF), organización fundada en 2016 que hoy se encuentra asociada al Sindicato de Futbolistas Profesionales (SIFUP) y que nace en respuesta a las condiciones que viven las jugadoras de fútbol en Chile. En conversación con Revista Obdulio, reconoce el reciente avance que decantó en el término del campeonato 2020 de primera división golpeado por la pandemia (no así el de primera B), y la transmisión de partidos por televisión abierta. “Muchos equipos mostraron su compromiso con el fútbol femenino y su crecimiento, pero aún existe una mayoría que queda al debe”, acota.

Explica, además, que el reconocimiento como trabajadoras de las futbolistas chilenas es menor. “Hasta el año pasado eran alrededor de 50 jugadoras quienes contaban con un contrato que las reconocía como jugadoras profesionales de fútbol”, explica, siendo Colo Colo y Santiago Morning quienes más contratos tenían dentro de sus planteles (100% en el caso de Colo Colo), Universidad de Chile con cerca del 50% del plantel y Arturo Fernández Vial, que contrató a dos jugadoras aquella temporada. Como trabajadoras contratadas, se encuentran en una posición de ventaja frente a sus pares, ya que pueden dedicarse de una manera mucho más formal a su preparación deportiva, tienen claros derechos y deberes con sus clubes y certeza financiera, entre otros factores. Por el contrario, a las jugadoras sin contrato se les exige como si lo tuvieran, pero muchas veces deben también trabajar, estudiar y/o cumplir con labores de cuidado. 

Explica además Strellnauer que los embarazos en el fútbol femenino chileno no son algo poco común y que, al no haber existido en aquellos casos acuerdos escritos que contemplaran el desarrollo en el ámbito de la maternidad, la experiencia vivida fue, básicamente, pausar el fútbol. Considera también que la discusión internacional sobre protección de la maternidad en las futbolistas es importante y necesaria. “Sin embargo -explica-, en nuestro contexto son medidas demasiado avanzadas, ya que solo una minoría de las jugadoras, aproximadamente un 5%, cuenta con un contrato laboral y, por ende, accede a estas regulaciones de FIFA”. En su opinión, las exigencias para el contexto chileno deben ser mucho más básicas: “cómo lograr que las instituciones desarrollen sus ramas femeninas, cómo generar incentivos a la profesionalización del fútbol practicado por mujeres, hacer seguimiento más profundo o guiar el uso de los fondos que se entregan a las Federaciones Nacionales con estos fines, por ejemplo”. 

Que se discutan temáticas como el embarazo es importante porque significa que existe un mayor reconocimiento sobre las particularidades de la práctica del fútbol femenino. Pero, explica Strellnauer, “a nivel mundial se discute hoy el fuero maternal de las jugadoras que quedan embarazadas, mientras que aquí recién celebramos cuando un club firma un contrato”. Para ella, el fútbol femenino chileno se encuentra varios años atrás, aunque afortunadamente muchos clubes avanzan a pasos agigantados, teniendo un crecimiento exponencial en este último tiempo. Asimismo, además del embarazo, otras temáticas, como los derechos de imagen, la incorporación de jugadoras trans o el desarrollo del fútbol femenino en regiones como Sudamérica también debieran ser discusiones necesarias de abordar. Tampoco es negable que el crecimiento del fútbol femenino crece con fuerza y de la mano con luchas significativas, como la equidad de género y el respeto a la diversidad. “Las jugadoras actuales tienen un rol social muy potente y muchas se han convertido en figuras públicas, no solo por su talento dentro de la cancha, si no por las luchas que dan fuera de ella”, cierra Strellnauer.

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