
Daniela Maulén Leiva
Daniela Tapia Navarrete
Las Bulla – Asociación de Hinchas Azules
El 23 de enero de 2020 fue promulgada la Ley nº 21.197 que establece el deber de contar con un protocolo contra el acoso sexual, abuso sexual, discriminación y maltrato en la actividad deportiva nacional.
La normativa, presentada como proyecto de ley por los diputados Sebastián Keitel (Evópoli), Harry Jürgensen (RN), Pablo Kast (Evópoli), Cristóbal Urruticoechea (RN-AR) y la diputada Erika Olivera (RN) en julio de 2018, modifica simultáneamente tres leyes relacionadas al deporte: la ley del deporte (nº 19.712), la ley que regula las sociedades anónimas deportivas profesionales (nº 20.019) y la ley que crea el Ministerio del Deporte (nº 20.686). De esta manera, se establece el deber del Estado en la protección y fomento del ejercicio y desarrollo de las actividades deportivas, buscando promover un trato digno entre las personas, con especial énfasis en la prevención y sanción de las conductas de acoso sexual, abuso sexual, discriminación y maltrato. También se dispone el deber de las organizaciones deportivas de adoptar el protocolo que elaborará el Ministerio del Deporte para este tipo de situaciones.
Si bien este protocolo aún no ha sido presentado, hay muchos puntos que nos parecen necesarios de tensionar y cuestionar. En primer lugar, consideramos que la normativa es completamente insuficiente al carecer de una perspectiva de género y de Derechos Humanos que permita comprender los problemas de acoso sexual, abuso sexual, discriminación y maltrato en su complejidad, en tanto manifestaciones de nuestra cultura patriarcal. Las definiciones incluidas en la ley son amplias y vagas, pues desconocen el carácter sociocultural de estos tipos de violencias, las relaciones de poder, de dominación y subordinación en los que se enmarcan, y su impacto diferenciado en mujeres y disidencias sexuales. El acoso sexual, abuso sexual, discriminación y maltrato deben ser considerados como manifestaciones de violencia de género pues, de lo contrario, se presentarían como problemas individuales y situaciones puntuales, resultando una normativa que no incomoda y cuyos alcances serían sumamente limitados. Comprender el contexto que propicia este tipo de violencias permite, además, avanzar desde la adopción de medidas punitivas hacia la definición de políticas de prevención.
Junto a ello, la norma carece de un enfoque de derechos, lo cual también resulta insuficiente para garantizar a las personas, principalmente a mujeres, que puedan gozar sus derechos y libertades en contextos deportivos. En ningún momento aparece el concepto de derechos ni tampoco se hace referencia a convenciones o acuerdos nacionales e internacionales relativas a la materia. Una normativa de este tipo debiera, por lo menos, aludir a la Convención Belém do Pará, de la que Chile es parte, que establece en su artículo 3 que “toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado”. También a la Convención de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), que reconoce que “la violencia contra la mujer es una forma de discriminación que impide gravemente el goce de derechos y libertades en pie de igualdad con el hombre”. En este sentido, el Estado debiese tener un rol garantista y quienes nos desenvolvemos en contextos deportivos debiésemos ser considerados como sujetxs de derecho.
Disponer de un protocolo que prevenga y sancione las conductas de acoso sexual, abuso sexual, discriminación y maltrato en el deporte debiese ser parte de una política más integral para respetar y garantizar los derechos sin discriminación. De otra manera, la normativa no generará cambios sustanciales.
Por otra parte, un aspecto que nos preocupa y alerta desde nuestra posición de mujeres hinchas de la U, es justamente la falta de reconocimiento que tenemos en esta normativa, la cual establece que toda organización deportiva deberá adoptar las medidas necesarias para prevenir y sancionar todo tipo de acoso sexual, abuso sexual, discriminación y maltrato que pudiese ocurrir entre sus trabajadores, dirigentes, entrenadores y deportistas. ¿Qué pasa entonces con lxs hinchas, quienes también socializamos en torno al deporte, en este caso el fútbol? Esta insistente y antojadiza invisibilización nos lleva a poner de manifiesto, nuevamente, la necesidad de poner término a las sociedades anónimas deportivas, pues es este modelo de empresa el que no nos reconoce como actorxs legitimxs del campo. La elaboración del protocolo, que debe ser presentado en agosto próximo, debió ser un proceso nutrido con la participación efectiva y vinculante de quienes vivimos el deporte desde nuestras distintas posiciones, a fin de generar una política pertinente y de calidad.
Así mismo, el hecho de que sean las sociedades anónimas deportivas profesionales las responsables de adoptar el protocolo contra el acoso sexual, abuso sexual, discriminación y maltrato nos parece insuficiente para abordar estas problemáticas. Imaginemos al directorio de Azul Azul, conformado casi en su totalidad por empresarios hombres discutiendo respecto de la adopción y aplicación de este protocolo; un directorio que representa un modelo en el cual las mujeres somos escasamente reconocidas y valoradas. ¿Podemos esperar realmente la aplicación correcta de un protocolo contra estos tipos de violencias? ¿Evaluarán ellos que las desigualdades que afectan al fútbol femenino respecto al masculino se consideran actos discriminatorios?
Una normativa de esta índole no puede estar disociada de ámbitos que favorezcan la sensibilización y visibilización de éstas problemáticas, identificando y entregando herramientas, principalmente a niñxs y adolescentes. Quienes implementan estas normas deben estar a la altura de brindar apoyo y contención integral a posibles afectadxs por experiencias de este tipo y a sus familias. No puede haber implementación efectiva de un protocolo sin instancias de diálogo en relación a las temáticas de género. De ahí que consideremos que construir y aplicar un protocolo contra el acoso sexual, el abuso sexual, discriminación y maltrato, con perspectiva de género y de derechos, y con una participación efectiva de todxs lxs actorxs del campo, es incompatible con el modelo de fútbol negocio de Azul Azul y las sociedades anónimas deportivas en sí.
Hoy, en tiempos donde el Estado y quienes hacen las leyes de este país demuestran con creces no estar a la altura de las demandas feministas ni de abordar las problemáticas de género, sumado a un contexto deportivo masculinizado e impregnado de un carácter empresarial, en el que no tenemos reconocimiento como mujeres ni como hinchas, creemos que es urgente y necesario tensionar estas instancias y recuperar nuestros espacios de lucha dentro y fuera de la cancha. Mientras tanto, estaremos alertas a la publicación del protocolo por parte del Ministerio del Deporte y seguiremos trabajando por un club feminista que nos permita construir políticas efectivas contra la violencia de género.